Cuatro años de cárcel para quienes sobornen agentes de tránsito

Quien ofrezca soborno a un agente de tránsito, cayendo en la figura de cohecho, tendrá pena de 4 años sin beneficio de excarcelación o detención domiciliaria, según una reforma parcial que el Congreso de la República le hizo al Código Penal —ley 906 de 2004, 599 de 2000 y 600 del mismo año—.
Es conveniente que todos los conductores conozcan muy bien la norma, ya que al cometer alguna infracción optan por ofrecer plata, lo que podría conducirlos a la cárcel. Lo que recomiendan algunas personas es que si no está de acuerdo con el comparendo que le van a aplicar, lo firme pero deje claro en la casilla de observaciones su inconformidad y de esta manera tiene el derecho a la defensa, impugnándolo durante las 48 horas siguientes ante la autoridad de tránsito respectiva, anexando las pruebas y los testigos de los hechos.