FUNCIONES DEL CENTRO

Desde 1983, fecha en que nació nuestro Centro, se ha implementado como política de calidad ser modelo en los procesos de enseñanza - aprendizaje, capacitación, innovación y desarrollo tecnológico en los programas que corresponden a los sectores de Comercio y Servicios, Industria y Turismo respectivamente. Lo anterior permite que nuestro accionar este caracterizado por la formación e incorporación a la etapa productiva de jóvenes que posean como ideal en su proyecto de vida, pertenecer a los sectores anteriormente mencionados y que al igual se distingan en su etapa laboral por responder a las necesidades del mercado mediante el buen ejercicio de sus competencias laborales.

Acorde con el Capítulo IV del Decreto 249 de 2004, proferido por el Presidente de La República, las directivas del centro tienen en cuenta los siguientes parámetros de tales disposiciones:

Artículo 25. Centros de Formación Profesional Integral. Los Centros de Formación Profesional Integral, son las dependencias responsables de la prestación de los servicios de formación profesional integral, los servicios tecnológicos, la promoción y el desarrollo del empresarismo, la normalización y evaluación de competencias laborales, en interacción con entes públicos y privados y en articulación con las cadenas productivas y los sectores económicos.

Estos operarán en sedes fijas, con un área de jurisdicción determinada, para dar respuesta a las necesidades de su entorno, con flexibilidad, oportunidad, calidad y pertinencia. Los Centros arbitrarán los recursos que se generen en cada uno, por la venta de bienes y servicios; para tal fin constituirán una cuenta independiente, con una contabilidad que refleje los ingresos y egresos de la misma.

El Director General del SENA, de conformidad con los criterios adoptados por el Consejo Directivo Nacional, podrá crear mediante acto administrativo Centros o Programas Itinerantes de Formación Profesional Integral, y determinar su organización, jurisdicción, funciones y recursos requeridos para garantizar su operación y el cumplimiento de metas de formación profesional. Los Centros o Programas Itinerantes serán transitorios y en todo caso serán financiados con los recursos aprobados en el correspondiente presupuesto anual de la entidad.